El índice de crianza, busca brindar una fórmula objetiva que permita determinar eventualmente el monto de la cuota alimentaria y su actualización. Este indicador releva por un lado los costos mensuales de los bienes y servicios esenciales para la protección de los menores de edad y también el costo del cuidado que es el tiempo -horas- requerido para cada uno de los tramos de edad de niños, niñas y adolescentes.
Artículo 636 bis incorporado al CPCC por medio de la ley 15.513 determina que para fijar los alimentos provisorios será de aplicación el último párrafo del Art. 641 del CPCC.
Allí se indica que, para la estimación del valor real de su cuantía, tratándose de alimentos que se reclamen en beneficios de menores de edad podrá tenerse en cuenta, entre otros elementos de mérito, el costo de la crianza que surge de la Canasta de Crianza de la Primera Infancia, la Niñez y la Adolescencia establecida por el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos de la República Argentina (INDEC) o medición que adopte la provincia de Buenos Aires.